lunes, 14 de junio de 2010

GUÍAS RELIGIOSOS PEDERASTAS… ¿QUÉ HAY DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ?

En cuanto a los cobardes y los que no tienen fe y los que son repugnantes en su suciedad, […] y fornicadores […], su porción será en el lago que arde con fuego y azufre”

Revelación 21:8 —


TIEMPO APROXIMADO DE LECTURA: 10 MINUTOS



LEER LA PRIMERA PARTE


Los casos de líderes religiosos pederastas no se han dado únicamente en la Iglesia Católica Romana. Se ha sabido también de pastores Evangélicos que han cometido tal acto. En vista de esto surge la pregunta: ¿Han quedado inmunes los testigos de Jehová? Bueno, comparemos esto con otros pecados graves. La Biblia condena la Fornicación, la borrachera, el espiritismo y prácticas similares. Estas prácticas son comunes en las religiones de la cristiandad, y por lo general, los que cometen tales pecados no reciben ninguna disciplina ni corrección por parte de su iglesia. ¿Han quedado inmunes los testigos de Jehová a estos pecados? Por supuesto que no. Aunque la organización de Jehová es perfecta, no lo somos sus miembros terrestres y por eso no somos inmunes al pecado. Sin embargo, sí hay grandes diferencias en la forma en que se tratan los casos de pecados graves. Según datos que van de 1985 a 1991 el promedio de expulsiones anuales fue de unas 40 mil. La expulsión ha sido una medida para mantener pura la congregación cristiana, y así proteger a los miembros fieles de la influencia corruptora del pecador impenitente. Sin embargo, no podemos tan solo englobar los pecados e incluir allí la pederastia. La pederastia es un pecado, aunque igual de grave que el adulterio y otros pecados, especialmente repugnante y abominable, así que, ¿qué ha hecho la organización, primero, para proteger a los niños de los pederastas, y segundo, para disciplinar a los pederastas que quizás haya habido?


Protegiendo a los niños: No podemos negar que los padres son totalmente responsables de sus hijos pequeños, así que la mayor responsabilidad recae sobre ellos; son ellos los que deben estar alerta contra los peligros que amenazan a sus niños. En vista de esto, la organización de los testigos de Jehová ha hecho grandes esfuerzos por educar a los padres al respecto. Pongamos como ejemplo la revista ¡Despertad! del 22 de enero de 1985, cuya serie de portada se tituló: “El abuso sexual de menores... usted puede proteger a sus hijos” que dijo en la primera página: “Aunque todos los años hay millares de casos, cierta sociedad para el bienestar de menores dice que tales cifras representan solo ‘una fracción pequeña del monto total’. ¿Quién se rebajaría a cometer tales actos depravados y cobardes de inmoralidad contra niños indefensos? ¿Desconocidos?, sí; pero mucho más a menudo los que abusan son parientes de las víctimas o amigos de la familia. ¿Qué pasos pueden dar los padres para proteger a sus hijos? Los primeros artículos de este número consideran este problema y ofrecen sugerencias al respecto”. Esta serie de artículos proveyó gran instrucción a los padres al respecto. Más recientemente, la revista ¡Despertad! Trató de nuevo el tema en el número de Octubre de 2007 con el título de portada: “Padres, protejan a sus hijos” (Véase también los siguientes números de la revista ¡Despertad! 8 de noviembre de 1982, 8 de octubre de 1993 y 1 de enero de 1997 páginas 26-29).


Sin embargo, no se ha dado educación únicamente a los padres. Los niños mismos han recibido, de forma sana y respetuosa, instrucción de cómo protegerse de los abusos (Véase el capítulo 32 de libro Aprendamos del Gran Maestro), y se ha instruido a los padres sobre cómo educar a sus hijos al respecto. Lamentablemente pudiera suceder que, por no estar informados o debido a otras circunstancias haya un niño que sufrió abuso sexual, ¿qué debería hacerse, especialmente si el abusador es un testigo de Jehová?


Manteniendo pura la congregación cristiana: La Biblia dice: “No se extravíen. Ni fornicadores, ni idólatras, ni adúlteros, ni hombres que se tienen para propósitos contranaturales, ni hombres que se acuestan con hombres […] heredarán el reino de Dios” (1 Corintios 6:9, 10). Como vimos la semana pasada, “Fornicación” (Gr. Porneia) incluye la pederastia. Lógicamente, cuando venga el Reino de Dios y destruya a todos los malvados, los pedófilos y los pederastas también serán destruidos. Mientras tanto, ¿qué hace la organización de Jehová para proteger a la congregación, y especialmente a los niños? Ya vimos cómo ha educado tanto a padres como a niños, pero no hemos visto cómo actúa ante un delito ya cometido.


Algunos alegan que, al igual que la Iglesia Católica Romana, la sociedad Watchtower (la entidad legal usada por los testigos de Jehová) encubre a los pederastas, especialmente si estos son ancianos de congregación (los hombres que llevan la delantera). Algunos también alegan que los ancianos instan a los padres para que no denuncien al delincuente. Pues bien, veamos cómo se tratan esos asuntos en la congregación.


Hemos de notar que en la congregación los asuntos de violación y pederastia no se tratan como delitos, sino como pecados. Esto se debe a que la congregación vela por el bienestar espiritual de los miembros, por lo tanto, para tratar el asunto como un delito debe recurrirse a las entidades judiciales y gubernamentales. Cuando se hace la acusación de que un adulto bautizado violó a alguien, sea un niño o no, dos ancianos deben investigar el asunto, y luego reunirse por separado con el acusador y el acusado. Si el acusado niega haber realizado tal acto, los ancianos harán arreglos para reunirse con ambas partes al mismo tiempo, y así, que cada quien exponga los asuntos frente al otro. Si el acusado sigue negando ser culpable y si no hay pruebas que lo incriminen los ancianos no pueden tomar medidas contra el acusado, al menos por el momento, ¿por qué? Puesto que la ley dada a Moisés exigía la muerte de los idólatras y los fornicadores, entre otros, se necesitaba un juicio para dictaminar la sentencia, pero Jehová dijo: “Por boca de dos testigos o de tres testigos debe dársele muerte al que ha de morir. No se le dará muerte por boca de un solo testigo” (Deuteronomio 17:6). Esa ley no cambia bajo el arreglo cristiano, pues Jesús repitió la misma regla según se registra en Mateo 18:16; y el apóstol Pablo dio la instrucción: “No admitas una acusación contra un anciano, salvo y únicamente por la evidencia de dos o tres testigos” (1 Timoteo 5:19). Así que en la actualidad se sigue esa norma bíblica: por dos o tres testigos pueden tomarse medidas judiciales en la congregación contra el acusado, no por un solo testigo. Ahora bien, esto solo aplica en la congregación, pues si la persona que afirma haber sufrido abuso sexual o sus padres desea llevar el asunto a los tribunales, están en todo su derecho, tal y como señaló La Atalaya del 1 de agosto de 2005 (página 14). La Atalaya del 1 de enero de 1997 declaró: “Dependiendo de la ley del país donde viva, es probable que lo encarcelen o que el Estado le imponga otras sanciones. La congregación no lo protegerá de estas consecuencias” (cursivas nuestras).


Si el acusado decide confesar o hay pruebas de que realmente lo hizo, se efectuará un comité judicial. Tres o más ancianos se reunirán con él para ver la condición de su corazón y saber si está arrepentido, es decir, si le pesa haber cometido el pecado que cometió y si está resuelto a no volverlo a cometer, por supuesto que el comité judicial ve más que solo las palabras que dice el acusado, pues con la guía del espíritu Santo puede determinar si realmente está arrepentido o no. Dependiendo de la actitud que toma el pecador es posible que no se le remueva de la congregación, sino que sea censurado. Sin embargo, si el comité judicial percibe falta de arrepentimiento sincero se siguen las instrucciones dadas por el apóstol Pablo: “entreguen a tal hombre a Satanás para la destrucción de la carne. Remuevan al [hombre] inicuo de entre ustedes” (1 Corintios 5:5, 13). Con la acción de “remover”, o expulsar, al pecador, se le corta totalmente de la congregación y los miembros fieles de la congregación evitarán todo trato con él, pues ya no es su hermano espiritual (2 Juan 11). Un dato interesante es que, si las entidades judiciales del estado dictan culpable o inocente al acusado, esa decisión no afecta la decisión que tomen los ancianos en la congregación.


Si esta persona continúa siendo parte de la congregación, o si es expulsada y luego readmitida en la congregación, para protección de los niños de la congregación, esta persona nunca podrá tener ninguna asignación especial de servicio, es decir, nunca podrá servir como precursor (ministro de tiempo completo), mucho menos de siervo ministerial ni de anciano de congregación. Al respecto La Atalaya del 1 de enero de 1997 (página 29) dijo: “Si parece estar arrepentido, se le animará a progresar espiritualmente, a salir al servicio del campo e incluso a participar en la Escuela del Ministerio Teocrático y tener asignaciones que no impliquen enseñanza en la Reunión de Servicio. Eso no quiere decir, sin embargo, que llenará los requisitos para ocupar una posición de responsabilidad en la congregación”. Este trato se da a todos por igual en la congregación, sea solamente un publicador, un anciano, un superintendente viajante, o cualquier otra persona sin importar el puesto de responsabilidad que ocupe, se le tratará de la misma forma, y la congregación nunca intentará proteger al delincuente de las entidades judiciales del estado, pues las normas bíblicas exigen que respetemos a estas “autoridades superiores” (Romanos 13:1-5). El libro Manténganse en el amor de Dios declara: “En el raro caso de que un cristiano cometiera un delito grave contra otro —como violación, agresión, asesinato o hurto mayor—, no sería improcedente denunciarlo ante las autoridades, aunque dicha acción diera origen a un juicio civil o penal.” (Página 223).


Usted puede tener la seguridad de que la congregación de los testigos de Jehová nunca instará a las víctimas a que oculten a los delincuentes. Los implicados tienen el derecho de tomar acciones judiciales contra él. Por otra parte los ancianos velarán por la seguridad espiritual de la congregación, encargándose de que un pederasta nunca llegue a ocupar puestos de responsabilidad o expulsándolo de la congregación.


Sin importar quién cometa el pecado de la pederastia, podemos estar seguros de que tarde o temprano sufrirán su merecido. Sodoma y Gomorra eran ciudades cuyos habitantes habían pervertido sexualmente a niños, y por esa perversión fueron destruidos (Génesis 19:4). Jesús comparó nuestros días a los días de Lot, y podemos estar seguros de que pronto Jehová guerreará contra Satanás y sus aliados terrestres, trayendo destrucción a todo el que no cumplió sus justas leyes. Esperamos con anhelo el día en que Jehová cumpla la siguiente profecía: “Esto toma en cuenta que es justo por parte de Dios pagar con tribulación a los que les causan tribulación, pero, a ustedes que sufren la tribulación, con alivio juntamente con nosotros al tiempo de la revelación del Señor Jesús desde el cielo con sus poderosos ángeles en fuego llameante, al traer él venganza sobre los que no conocen a Dios y sobre los que no obedecen las buenas nuevas acerca de nuestro Señor Jesús. Estos mismos sufrirán el castigo judicial de destrucción eterna de delante del Señor y de la gloria de su fuerza” (2 Tesalonicenses 1:6-9).

7 comentarios:

  1. Exelente investigation Brother. En el parrafo 5 vendria bien el texto de 1 Tim 5:24 Los pecados de algunos hombres son públicamente manifiestos, y conducen directamente al juicio, mas en cuanto a otros hombres, [sus pecados] también se hacen manifiestos más tarde. 25 De la misma manera también las obras excelentes son públicamente manifiestas, y las que no lo son no pueden mantenerse escondidas. SALUDOS Y ESPERO LA PROXIMA ENTREGA DE ESTA SERIE. Att: Isa

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  2. hermano cual es el objetivo de tus articulos? creo que publcar informacion tan seria como esta debes estar bien documentado y cococer a fondo las pauta de la organización. ademas recuerda el conducto designado por Dios, para la redaccion de articulos para fortalcer la fe

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    1. Si usted conoce información bien documentada que pruebe errónea la información arriba presentada sería de gran utilidad que la presentara.

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  3. Gracias por la información. Ya que soy nueva en la organización no sabia muy bien como se manejaba el tema, y gracias a este tipo de info puedo ahora saber como defender el asunto cuando me lo pregunten... Saludos!!

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    1. Te recomiendo que leas las revistas citadas en el artículo para encontrar más detalles, especialmente La Atalaya del 1 de enero de 1997, es muy instructiva.

      ¡Saludos!

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  4. Cuidado con esta página tiene tintes apostatas!!!!

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